Hinojales, espacio de paz
Como bien define la frase: “No necesitas un libro de historia si eres lo suficientemente afortunado de tener un abuelo/a”. Gracias a nuestros mayores, conocemos muchos de los acontecimientos que pasaron en otros tiempos, tiempos que no son infinitos y que ya son pocos los que lo recuerdan. Por ello, con el objetivo de no perder la oportunidad de tener esta historia narrada por nuestros abuelos y abuelas, se llegó a crear este proyecto, en el cual serán participes todos y todas aquellas que deseen que sus recuerdos queden grabados en la historia.
Gracias a ellos y ellas, y a los documentos oficiales que obtuvimos, pudimos recrear el relato de lo que creemos que ocurrió. Con ello, creamos la “Ruta de la paz”, gracias a esta, daremos a conocer los lugares que fueron de gran importancia para el pueblo en la época de la Guerra Civil.
Para seguir la ruta y ver la información de cada punto estratégico, escanee el código QR del póster. Esté atento/a a la señalética que tenemos en cada lugar señalado, en esta podrá encontrar de nuevo el código QR que le llevará a la ruta.
Además, le invitamos a que pasen por el Ayuntamiento de Hinojales, donde podrá encontrar una vitrina con los documentos oficiales que se obtienen de los hechos. De igual manera, se encontrarán con ellos más abajo debido a la posibilidad de que vaya en horario no laboral.

DOCUMENTOS EXPUESTOS
DOCUMENTO 1
DOCUMENTO 2
TRANSCRIPCIÓN
En la villa de Hinojales a treinta de julio del mil novecientos treinta y seis. Reunidos los señores concejales que componen este ayuntamiento y que al margen se expresan en sus Casas Consistoriales con objeto de celebrar sesión ordinaria correspondiente a este día, bajo la presidencia del Sr alcalde Don Pedro Uceda Romero el que siendo la hora reglamentaría y con numero de mayoría declaro abierta la sesión.
Dada lectura por mí el secretario del acta anterior fue aprobada.
Dada vista de las ordenes circulares acordaron a todos presentarles sus cumplimientos. Por el Sr alcalde fue manifestado que procedía la continuación de las obras públicas para ¿conjurar? la actual crisis de trabajo y para que los obreros puedan comer y que no haya desmanes para mantener pacíficamente este pueblo y no incitaren nada a los demás en la guerra civil que se ¿vetila? y se derramo ya en España, los señores reunidos después de detenida discusión acordaron de conformidad de la manifestado por la Presidencia.
DOCUMENTO 2.1
TRANSCRIPCIÓN
Capitulo 2º artículo 1º. Acuerdan se le abonen a Don Hipólito González Martín, secretario del ayuntamiento la cantidad de quinientas pesetas por gastos de cuatro viajes dados a Huelva a asuntos oficiales en representación del ayuntamiento.
Siendo las veinte y dos y no habiendo otro asunto de que tratar levanta el Sr presidente la sesión extendiéndose la presente acta fue leída y aceptada la encuentran conforme y firman todos de que certifico.
Pedro Uceda (rúbrica), Ángel Domínguez(rúbrica), Ricardo Carballar(rúbrica), Tomas Uceda(rúbrica), Manuel González (rúbrica), Ramon Uceda (rúbrica), Federico Barragán(rúbrica), Andrés Rodríguez(rúbrica), Hipólito(rúbrica).
DOCUMENTO 3.1.
TRANSCRIPCIÓN
En la villa de Hinojales a quince de agosto del mil novecientos treinta y seis. Reunidos los señores concejales que componen el ayuntamiento y que al margen se expresan en sus Casas Consistoriales con objeto de celebrar sesión ordinaria correspondiente a este día, bajo la presidencia del Sr. alcalde Don Pedro Uceda Romero, el que siendo la hora reglamentaria y con número de mayoría declaro abierta la sesión.
Dada lectura por mí el secretario el acta anterior fue aprobada.
Dadas vistas de las órdenes y circulares acordaron a todos prestarles su cumplimiento.
Capitulo 11ºarticulo3º. Acuerdan se le abonen a Don Francisco Carranza Barroso, la cantidad de dos mil pesetas importe de los trabajos efectuados en la calle Consolación. Por la presidencia fue manifestado que espera de todos la presente ayuda y apoyo necesario para que continue la tranquilidad en este pueblo y se mantenga el orden que es la única forma de servir a España, y que por todos los medios que se continue guardando la Iglesia y ¿comité? para evitar que se cometan atropellos en las mismas como ha ocurrido en nuestros pueblos.
Los señores reunidos después de detenida discusión por unanimidad acuerdan estar conforme con lo manifestado con la presidencia y que es el sentir de todos, siendo las veintitrés y no habiendo otro asunto de que tratar en la convocatoria el Sr presidente levanta la sesión extendiéndose la presente acta que leída y aceptada firman todos de que yo el secretario certifico.
Pedro Uceda(rúbrica)Ángel Domínguez(rúbrica), Tomas Uceda(rúbrica), Manuel González (rúbrica), Ramon Uceda(rúbrica), Andrés Rodríguez(rúbrica), Federico Barragán(rúbrica), Ricardo Carballar(rúbrica), Francisco Delgado(rúbrica), Hipólito (Rúbrica).
DOCUMENTO 4
TRANSCRIPCIÓN
En la villa de Hinojales a diez y nueve de septiembre de mil novecientos treinta y seis, constituido en sus casas consistoriales de esta villa el teniente Don [Felipe] Ortega Gomales, asistiendo de mi él ¿infrascrito? Fecha y con arreglo a las facultades que le están conferidas nombra la siguiente Comisión Gestora municipal:
-Alcalde-presidente Don Manuel García Soler.
-Primer teniente Don Antonio Reyes Blanco.
-Segundo teniente Don Cipriano Calvo Peña.
Presentes expresados señores aceptan el encargo, rec[]do las ¿mismas? del mismo y ofreciendo cumplir []monte en el cometido del cargo para que han sido designados.
Dandose el acto por terminado con un Viva España, extendiéndose la presente acta a la []y seis horas que leída y aceptada firman todos que yo el secretario certifico.
Felipe Ortega (rúbrica) Manuel García(rúbrica), Antonio Reyes (rúbrica), Cipriano Calvo (rúbrica), ¿? (rúbrica)
DOCUMENTO 5
TRANSCRIPCIÓN
TRIBUNAL REGIONAL DE RESPONSABILIDADES POLITICAS DE SEVILLA
<Inculpados Francisco Delgado Hidalgo, Manuel González Uceda, Andrés Rodríguez Suarez, Ricardo Carballar Orta; vecinos de Hinojales (Huelva)>
En Providencia de esta fecha se ha acordado libara a V.S. la presente a fin de que previo acuse de recibo proceda a la incoación del Procedimiento anotado al margen, cuyos inculpados aparecen incursos en el apartado B del articulo 4º de la Ley de Responsabilidades Políticas según relaciones recibidas en este Organismo
Dios Guarde a V.S. muchos años.
Sevilla a 15 de marzo 1941.
El secretario (Rúbrica)
Sr. Juez Provincial de Responsabilidades Políticas de HUELVA.
DOCUMENTO 6
TRANSCRIPCIÓN
TRIBUNAL REGIONAL DE RESPONSABILIDADES POLITICAS DE SEVILLA
<N.º, Exp 4850, Inculpados Pedro Uceda Romero, Ramon Uceda Carballar, Ángel Domínguez Chávez, Tomas Uceda Oyola, vecinos de Hinojales (Huelva)>
En Providencia de esta fecha se ha acordado librar a V.S. la presente a fin de que previo acuse de recibo proceda a la incoación del Procedimiento anotado al margen, cuyos inculpados aparecen incursos en el apartado B del articulo 4º de la Ley de Responsabilidades Políticas según relaciones recibidas en este Organismo.
Dios Guarde a V.S. muchos años.
Sevilla a 15 de marzo 1941.
El secretario (rúbrica)
Sr. Juez Provincial de Responsabilidades Políticas de HUELVA.
DOCUMENTO 7
TRANSCRIPCIÓN
(sello España Franquista)
JUZGADO PROVINCIAL de RESPONSABILIDADES POLÍTICAS HUELVA
<Expdt. 4851.Inculpados. Francisco Delgado Hidalgo. Manuel González Uceda. Andrés Rodríguez Suarez. Ricardo Carballar Orta>
De orden del Sr. Juez dirijo a V. la presente a fin de que se lleven a efecto a la brevedad posible las diligencias que a continuación se expresan y verificado devuélvala.
Dios guarde a V. muchos años Huelva a 24 de septiembre de 1941.
El secretario (rúbrica)
Que los citados inculpados declaren sobre las generales de la Ley de familia que tengan a sus cargos, hijos edad de estos si los tuvieren, medios de vida que tenga y bienes que posea y su valor.
Que se les de lectura de los cargos que en el mismo figuren a saber:
1º Haber sido todos concejales del Frente Popular debiendo indicar al partido a que pertenecieron.
Concediéndoles el plazo de cinco días para que aleguen lo que interese a sus defensas.
Que se les haga las prevenciones del articulo 49 de la Ley con arreglo al adjunto modelo, en la carta orden N.º 3993, debiendo presentar la oportuna relación Jurada rellenando el modelo adjunto que remitirán por el conducto.
Sr. Juez Municipal de HINOJALES.
DOCUMENTO 8
RELACION JURADA de bienes, deuda y cargas familiares que formula Ángel Domínguez Chávez de 42 años, hijo de Eduardo y de Antonia de estado casado, profesión campo, natural de Fuentes de León, provincia de Badajoz y vecino de Hinojales en cumplimiento a lo dispuesto en la prevención tercera del articulo 49 de la vigente Ley de Responsabilidades Políticas y para que surta sus efectos en el expediente que se le sigue por el Juzgado Provincial de Huelva.
BIENES PROPIOS
INMUEBLES: Finca rustica en el término municipal de Fuentes de León por un valor aproximado de quinientas pesetas.
SEMOVIENTES: Una burra vieja valor de 100 ptas.
MUEBLES:(se especificará el valor aproximado de ellos): Los propios de la casa por un valor de ciento noventa pesetas.
BIENES DEL CONYUGE
INMUEBLES: Ninguna
SEMOVIENTES: Ninguna
MUEBLES: los propios con un valor de doscientos cincuenta pesetas.
DOCUMENTO 8.1.
BIENES PROPIEDAD DE TERCEROS
BIENES DE LOS HIJOS
DEUDAS QUE TIENE CONTRAIDAS:(nombre del acreedor o acreedores e imponente de las deudas).
CARGAS FAMILIARES QUE ESTA OBLIGADO A SOSTENER:(número de hijos legítimos, naturales, reconocidos o adoptivos, edad de los mismos y si la o el cónyuge o alguno de los hijos trabajase, concrétese el sueldo que cada uno de ellos perciben): Los hijos legítimos menores.
Juro ser cierto los datos que se dejan consignados y en prueba de ellos firma la presente en Hinojales a 9 de octubre de 1941.
Ángel Domínguez (rúbrica).
DOCUMENTO 9
TRANSCRIPCIÓN
José María Rubio Martin ¿? de esta villa.
Informo: Que examinada la documentación que obra en los archivos de esta Organización, no aparecen datos ni antecedentes de los inculpados en el expediente Nº4851, constando de manera particular que pertenecicerón al extinguido partido socialista.
Para que conste firmo sello el presente en Hinojales a 8 de octubre de 1941.
Jose Mª Rubio(rúbrica)
(sello falange española tradicionalista y de las J.O.N.S.)
DOCUMENTO 10
TRANSCRIPCIÓN
DON JOSE MARIA RUBIO MARTIN, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ESTA VILLA:
INFORMO: Que, examinados los documentos contributivos de este término municipal obrantes en el archivo de este Ayuntamiento, no aparece con bienes de ninguna clase el vecino de este pueblo: FRANCISCO DELGADO HIDALGO, inculpado en el expediente 4851, con los bienes siguientes:
1.Casa sita en calle Franco Martínez con un líquido imponible de 120 Ptas.
1.Casa sita en calle Abajo con un líquido imponible de 96 Ptas.
1.Casas sita en calle Almendreros con un líquido imponible de 102 Ptas.
Rustico Líquido imponible 973Ptas, Total Pesetas 1.291.
Y para que conste y remitir al Sr. Juez Instructor de Responsabilidades políticas de la provincia firmo y sello el presente en Hinojales a once de agosto de mil novecientos cuarenta y uno.
José M.ª Rubio (rúbrica)
(sello alcaldía de Hinojales)
DOCUMENTO 11
TRANSCRIPCIÓN
Que formula el vecino de este pueblo Pedro Uceda Romero de 44 años de edad casado, con domicilio en la calle Hermanos del alcázar, sin número de gobierno, conforme al cargo que se le hace por el Juzgado Provincial de Responsabilidades Políticas de Huelva, y a tal efecto declaro lo siguiente:
1ºQue sin matiz político alguno entré a formar parte del Ayuntamiento que durante el Frente Popular se formó en esta villa, Ayuntamiento constituido no a instigación de móviles revolucionarios propios de aquella época sino de acuerdo con los elementos de orden de este pueblo para la defensa de los intereses generales y particulares del mismo, tan atropellados en aquellos tiempos, no habiendo acordado el referido Ayuntamiento, según constará en el libro de sesiones medida alguna de carácter revolucionario, sino muy al contrario se dieron normas de administración buenas, no consintiendo en ningún momento el menor desafuero en él, propiedad privada como pública, y al estallar el Glorioso Movimiento Nacional y quedar este pueblo bajo el dominio de la entonces zona roja, el Ayuntamiento del que formaba parte lejos de secundar la huelga revolucionaria decretada por el entonces gobierno marxista la desobedecían en todos sus términos, siendo ejemplo y modelo de pueblos, donde no se abandonó ni tan solo un día el trabajo en la obra de urbanización de la calle cantarranas: que la propiedad tanto pública como privada lejos de ser amenazada vio protegidas por las medidas dictadas por aquel Ayuntamiento a pesar de la extremada presión que elementos extraños al pueblo ejercían , siendo garantizadas todas las personas y seres en todos los aspectos. En apoyo de la anterior afirmación Según informe al señor jefe local de Falange, señor alcalde, Señor cura párroco en activo en aquella época (en la actualidad jubilado) Y principales contribuyentes e industriales de esta localidad.
Por orden del ayuntamiento del que formaba parte, se procedió a defender. Con las armas, la Iglesia y ermita y toda la propiedad, tanto pública como privada de este término municipal, a causa de que elementos extremistas que venían huidos. De otros pueblos querían atropellar a todo trance y que desistieron ante la hostilidad manifiesta. Del que suscribe y demás concejales, que no consintieron
el más mínimo desafuero.
Que el Ayuntamiento en pleno con el pueblo en masa, acudió al recibimiento de las fuerzas libertadoras, Dándose en caso de ser felicitado públicamente aquel ayuntamiento por el jefe de las fuerzas que entró en el pueblo y posteriormente por el señor teniente de la Guardia Civil Don
Quintín tomada. Arte Arteaga, cuyo informe no se une por ignorancia de su actual destino.
Que ni en el momento de entrar las fuerzas nacionales ni posteriormente, al que suscribe ni a ninguna de los concejales Que integraban el ayuntamiento han sufrido el más mínimo arresto en el proceso de carácter político ni criminal por su actuación, ni de ninguna otra clase, y sí
felicitado por la labor que desarrolló de orden y bienestar.
Es todo cuando tengo que exponer y que lo dicho es la verdad. Afirmándome y Rectificándome en su contenido y en su virtud la firmo y rubricó con mi nombre y dos apellidos en hinojales a 10 de octubre de mil novecientos cuarenta y uno.
Pedro Uceda Romero (rúbrica)
DOCUMENTO 12
TRANSCRIPCIÓN
Declaramos los firmantes en este pliego, propietarios e industriales en este territorio municipal que la labor desarrollada por la corporación Municipal existente en el año 1936 fue buena y digna de toda clase de elogios oponiéndose los miembros de la misma en todo momento a la amenaza y toda clase de desafueros que intentaban cometer a las propiedades tanto públicas como privadas el elemento extraño que con carácter revolucionario se personaban en esta localidad procedentes de otros pueblos y viendo dicha corporación en peligro la Iglesia y Ermita por las amenazas constantes de dicho elemento extraño procedió a su defensa con las armas.
En afirmación a lo antes expuesto firmamos la presente declaración en Hinojales a diez de octubre de mil novecientos cuarenta y uno.
(rubricas)
COLABORACIONES
Colaboración con financiación de la Cátedra de la Provincia de la Universidad de Huelva y con la coordinación científico-técnica del proyecto I+D+i EPITEC 2 (PID2020-116662GB-I00), financiado por MCIN/AEI/10.13039/501100011033/